Un total de 52 vehículos y una decena de motocicletas que se encontraban en el Depósito Judicial de la Policía de Rauch fueron compactados en el marco de la Ley de Compactación 14.476.
La mecánica se implementó dentro del programa impulsado por el Ministerio de Seguridad, y habiéndose realizado las gestiones correspondientes por intermedio de la Jefatura Departamental de Seguridad Tandil.
La medida –según se informó desde la Policía Comunal de Rauch- se implementó con la finalidad de lograr el reordenamiento de los depósitos judiciales existentes en la jurisdicción, medidas estas que se vienen llevando a cabo en toda la Provincia de Buenos Aires.
Cabe recordar que en 2010 entró en vigencia una nueva ley sobre autos abandonados, perdidos decomisados o secuestrados. “Los automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, cuyo dominio corresponda al Estado Nacional o a los Estados particulares en virtud de lo establecido en el artículo 2.342 del Código Civil, deberán ser descontaminados y compactados en forma previa a su disposición en calidad de chatarra”, señala el artículo 1 de la ley 26.348.
La descontaminación y la compactación como chatarra de los autos también se dará cuando el titular del vehículo no se haya presentado a buscarlo luego de seis meses de su secuestro. “El referido plazo de seis (6) meses podrá ser ampliado por el magistrado interviniente por resolución fundada, en la que deberá indicar las razones por las cuales no resulta aplicable el procedimiento de reducción”, fija la nueva ley.
Pero si luego de que el vehículo fuera destruido a chatarra alguien reclamara por él, “deberá abonársele el valor de la chatarra resultante, previa deducción de los importes originados por la descontaminación y compactación”.
La ley también dispone procedimientos para los jueces. Los magistrados nacionales y federales que tengan a su disposición autos secuestrados hace más de cinco años y consideren que no corresponde aplicar su reducción a chatarra por el estado procesal de la causa, deberán informar esa medida a quien tenga la custodia del vehículo dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigencia de la norma.